-OPINIÓN- |
Sobre
la nueva Iniciativa de Ley para el Aprovechamiento de las
Fuentes de Energías Renovables.
Por Ing. Odón de Buen R.
Finalmente
y después de varios meses de vivir en el limbo de
los pasillos y los archiveros de San Lázaro, la Cámara
de Diputados aprobó y mandó a la de Senadores
la Iniciativa de Ley para el Aprovechamiento de las Fuentes
de Energías Renovables. Esta iniciativa pasa, sin
embargo, a un nuevo limbo que se extiende por el receso
legislativo y que llega hasta marzo del año entrante,
cuando se renuevan las actividades en el Congreso y el Senado.
Afortunadamente,
la larga espera no corrió en vano ya que los legisladores,
a través de la Comisión de Energía,
pudieron mejorar, nuevamente, el texto de esta iniciativa.
Debo reconocer que, entre lo que en estos días se
aprobó y lo que se planteaba hace un año hay
una diferencia abismal a favor de la última versión.
Mucho de esto se debe, supongo, a la labor, seriedad y entusiasmo
por las energías renovables de Francisco Xavier Salazar—responsable
de esa comisión y futuro presidente de la Comisión
Reguladora de Energía (CRE)—a la actividad
de otros legisladores, al apoyo técnico de la SENER
(que, entiendo, hizo labores de intermediación ante
la CFE, LyF y PEMEX y que, a su vez, se apoyó en
el IIE) y a la actitud crítica (pero constructiva)
de organismos no gubernamentales como Greenpeace, CEMDA
y la ANES.
La diferencia es notable y vale la pena anotar las diferencias.
Las mejoras a la iniciativa son de forma y de fondo. En
la forma, ha acomodado mejor las cosas y la lectura del
documento se facilita con el nuevo orden. En el fondo—que
es lo de veras importante—ha integrado aspectos que
habían sido ignorados en dos versiones previas. De
manera somera, en mi opinión son estas las mejoras
evidentes:
-
Hace
explícito que las energías renovables no
estarán sujetas al despacho. Esto lo hace al establecer
(Artículo 14) que “el Sistema Eléctrico
Nacional deberá aceptar la electricidad generada
a partir de Fuentes Renovables Intermitentes en cualquier
momento que se produzca”.
-
Integra
los intereses de las comunidades. Establece, para proyectos
mayores a 2.5 M, la obligación de reuniones y consultas
públicas convocadas por las autoridades municipales
o ejidales (Artículo 31).
-
Aclara el papel de las empresas públicas respecto
de las privadas. En la versión anterior no dejaba
claro a quien iba dirigida la iniciativa y a quien se
iban a dar los recursos de fomento. Aquí se deja
claro que las paraestatales tendrán que incluir
de manera incremental el aprovechamiento de energías
renovables en sus planes de expansión, se establece
una definición que incluye al sector privado (como
“generadores”) y abre el espacio a este sector
en la expansión de la capacidad instalada con instalaciones
que aprovechan a las energías renovables.
-
Incluye
e integra a los estados y municipios en la actividades
relacionadas a los proyectos. Resalta en este
sentido el que se les involucre para que se “pueda
garantizar un acceso equitativo a la radiación
solar directa en las construcciones”.
-
Acepta
la participación social en la definición
de los programas. “La Secretaría
promoverá la participación social
en la planeación, aplicación y evaluación
del Programa” (Artículo 4º).
-
Compromete
recursos para evaluar los recursos de energía
renovable. Esto se establece dentro del fondo
relativo a la investigación.
-
Incluye
a los biocombustibles. En el Artículo 21
establece que “el Programa para el Aprovechamiento
de las Fuentes Renovables de Energía establecerá
metas para el contenido de biocombustibles en
la gasolina y el diesel que se venden en el país”.
-
Excluye
explícitamente a la energía nuclear.
Esto es importante ya que, como lo muestra el
uso de ese calificativo en el periódico
Reforma hace unos días, se corre el riesgo
de que más de uno se confunda y luego pida
su inclusión dentro de la categoría
de “energía renovable”.
Estas
mejoras responden claramente a preocupaciones e
intereses diversos. En particular, responde casi
en su totalidad a las observaciones que desde la
ANES, Greenpeace y el CEMDA se hicieron de esa versión
a representantes del PVEM y al propio Presidente
de la Comisión de Energía—y
que, en algún momento, algunos las consideraron
como una amenaza a la existencia de la iniciativa.
También reflejan la opinión de otros
actores e las inquietudes que han tomado importancia
en los últimos meses (como lo es el tema
de los biocombustibles).
Sin embargo, la iniciativa no termina de tener aspectos
que la hacen vulnerable a convertirse en un instrumento
que no cumpla cabalmente su propósito. Al
respecto, resalta lo siguiente:
-
No
tiene asegurados recursos suficientes para cumplirse.
A pesar de que, en el Artículo 25, refiere
que se establecerán cargos en la Ley Federal
de Derechos y una partida específica del
Presupuesto de Egresos de la Federación
(además de aportaciones de estados, municipios
, personas físicas y de venta de certificados
de energía renovable), no hay referencia
alguna a un monto o porcentaje que indique el
volumen de recursos que servirán para apoyar
las metas de la iniciativa.
-
Sigue
habiendo riesgos de discrecionalidad en las reglas
de despacho. El hecho es que, a pesar de que en
el Artículo 14 se refiere explícitamente
a que “el Sistema Eléctrico Nacional
deberá aceptar la electricidad generada
a partir de Fuentes Renovables Intermitentes en
cualquier momento que se produzca” deja
“a juicio de los suministradores “
la definición de las condiciones que en
las que “se ponga e riesgo la seguridad
y estabilidad del propio Sistema”. Desafortunadamente—y
por eso mi desconfianza—los suministradores
llevan muchos años econtrándole
“peros” a las renovables y muchas
veces por razones técnicas “complejas”.
-
Los
plazos que establece para sus instrumentos secundarios
la ponen el riesgo de tener que ser renegociada
con la próxima administración. Por
el retraso que ha tenido la definición
de la ley, las fechas críticas de definición
de sus instrumentos secundarios se ubican ya en
tiempos que, en la práctica, su definición
queda fuera del dominio de esta administración.
En este sentido el futuro de la ley está
más allá del ánimo de los
actuales diputados y de los funcionarios que los
apoyaron y queda en manos de las organizaciones
que no dependen de los cambios de administración.
-
No
considera al calentamiento solar. Salvo la convocatoria
a autoridades municipales a “garantizar
el acceso equitativo a la radiación solar
directa”, el hecho de no tener referencia
explícita a esta forma de aprovechamiento
deja afuera a esta alternativa de los beneficios
de la ley.
-
La
inclusión del tema de biocombustibles no
corresponde a la complejidad del tema. La incorporación
de metas de uso de biocombustibles parece haberse
añadido de manera poco ortodoxa y corre
el riesgo de complicarse en los detalles.
-
Es
poco clara en lo que respecta a la cogeneración.
Como con los biocombustibles, la iniciativa no
elabora gran cosa sobre el tema de la cogeneración.
El
hecho es que ahora se tiene una iniciativa que vale
la pena defender aunque puede decirse que todavía
tiene espacio para ser más sólida.
Sin embargo, hay que entender que el actual producto
es resultado, como cualquier instrumento de política
pública, de una serie de aproximaciones sobre
un documento que refleja un interés general
pero que requiere de ubicarse en términos
aceptables para un conjunto de intereses particulares
(y no necesariamente amigables con el objeto del
instrumento).
A
su vez, el momento y el calendario de seguimiento
de la iniciativa—que llevan a la entrega de
los instrumentos secundarios más allá
de la primera semana de julio de 2006, que es cuando
se define quién toma el lugar del Presidente
Fox—indican claramente que, sea quien fuere
el candidato ganador de las elecciones presidenciales,
a quienes les va a tocar cuidar su camino hacia
la implementación de la ley serán,
más que los funcionarios públicos
que la han apoyado, van a ser las organizaciones
de la sociedad mexicana que han demandado un papel
más importante para las energías renovables
y que, en su momento, se les manejó como
enemigas de una iniciativa que era poco sólida.
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