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-OPINIÓN-

La normalización para el ahorro de energía y energías renovables en México: un balance.
Por Odón de Buen R.

 
Una de las barreras más importantes para el desarrollo de programas de ahorro de energía y de energías renovables en países en desarrollo es la carencia de sistemas de normas y regulaciones técnicas que permitan asegurar la calidad y el rendimiento de los equipos que adquieren las familias y las empresas con la intención de ahorrar energía y aprovechar energías renovables.

Sin estas normas se corre el riesgo de hacer inversiones que no son rentables porque no cumplen las características de eficiencia y/o rendimiento energético o que no llegan a tener la vida útil suficiente para recuperar la inversión. Esto, a su vez, lleva a que los órganos financieros que tengan intenciones de financiar las medidas consideren el riesgo demasiado alto y no apoyen las medidas y los programas. Igualmente, que las familias y/o las empresas que hagan inversiones en este tipo de equipos sin que estos cumplan con las expectativas creadas por los fabricantes y/o distribuidores corran la voz y desprestigien a alternativas que, genéricamente, son fundamentales para reducir nuestra dependencia de los energéticos fósiles y el impacto al medio ambiente.

El hecho es que el problema no es tanto la carencia de las regulaciones (que se pueden hasta copiar y/o traducir de otros contextos) sino la carencia de los sistemas que los hacen posibles y funcionales. En otras palabras, se puede tener un texto bien hecho y consensado de una norma o regulación técnica que integre las especificaciones requeridas de un producto o servicio y un método de prueba claramente descrito y de acuerdo a prácticas nacionales, pero si no se tiene un laboratorio que haga las pruebas, ni un organismo de acreditación que se asegure de que el laboratorio haga esas pruebas conforme a las prácticas que le corresponden, ni se tiene un organismo que dé la certificación a las pruebas del laboratorio, la norma no es más que letra muerta.

En este sentido, en México somos muy afortunados ya que existe una tradición de normalización que tiene muchas décadas de establecida y que, hace ya quince años, integró prácticas modernas a través de la Ley Federal de Metrología y Normalización. Así, hoy en día tenemos el Centro Nacional de Metrología, que es el laboratorio primario del Sistema Nacional de Calibración. Tenemos también organismos de certificación, laboratorios, unidades de verificación (UVies) y a la Entidad Mexicana de Acreditación (ema), la cual acredita a todos los demás.

En lo que respecta a ahorro de energía, el sistema que apoya a docena y media de normas oficiales mexicanas aplicables a equipos funciona de manera ejemplar (con resultados que han dado rentabilidad social a la Conae), esto en buena medida porque por más de una década ha existido una fuerte alianza entre la Conae y el sistema de normalización que supervisa la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía y que integra, como hemos referido, a organismos de certificación, a más de medio centenar de laboratorios, a cientos de UVies y a la ema. En este sistema participan, además, un número significativo de empresas muy importantes con operaciones internacionales y que forman parte integral de esa gran red y alianza de organizaciones.

Sin embargo, el sistema de normalización para la eficiencia energética no opera adecuadamente en lo que se refiere a normas oficiales mexicanas aplicables a sistemas. Este es el caso de las normas aplicables a edificios (la de iluminación de interiores y la de envolvente) las cuales dependen de la acción de terceros para cumplirse.

Así, el cumplimiento de la norma que se aplica a sistemas de iluminación en interiores (que busca reducir el consumo de energía en iluminación en edificios nuevos) depende de que las empresas eléctricas exijan el certificado que emite una UVie sobre una instalación (en este caso un edificio de uso no residencial) que va a contratar el servicio eléctrico. A su vez, la norma que se aplica a envolvente de edificios (que busca las ganancias térmicas que llevan a un mayor uso del aire acondicionado) depende de que las autoridades municipales exijan el certificado que emite una UVie a la hora de dar el permiso de construcción.

El resultado ha sido que, mientras que la norma aplicable a envolventes prácticamente no es exigida por autoridad municipal alguna en México (en buena medida porque la Conae y el FIDE se han preocupado por otras acciones igualmente loables pero no han apoyado a las autoridades locales a ir más allá de enunciarla vagamente en reglamentos de construcción), la norma que se aplica a sistemas de iluminación no es (de acuerdo a versiones de colegas que son UVies) exigida consistentemente por las empresas eléctricas.

Esta situación es más crítica cuando se entra al campo de las energías renovables, donde las únicas normas aplicables se encuentran frenadas por la falta de apoyo de las autoridades federales. Estas normas (para colectores solares planos y de nomenclatura) no tuvieron apoyo gubernamental alguno y fueron financiadas por la Asociación Nacional de Energía Solar y por los propios fabricantes e instaladores, aunque la instalación del laboratorio de pruebas (que se encuentra en Guanajuato) se tuvo el apoyo de CONACYT y del Gobierno del Estado de Guanajuato.

Esta falta de apoyo es ahora más grave ya que existe una situación tipo “el huevo y la gallina1 donde el tamaño del mercado (que es pequeño pero con gran potencial de crecimiento) hace que los costos de certificación de los equipos sean demasiado altos para fabricantes y distribuidores, mientras que el laboratorio y el organismo de certificación tienen que cobrar alto porque tienen poca demanda. Igualmente, porque organismos relacionados a la vivienda (como INFONAVIT y CONAVI) ya requieren de equipos certificados para cumplir con sus promesas de “hipotecas verdes” y de propuestas de viviendas sustentables que incluyan el calentamiento solar (lo que promete una “explosión” de instalaciones solares). Finalmente, para el cumplimiento cabal de la norma ambiental del Gobierno del Distrito Federal (que obliga al uso de equipos de calentamiento solar en edificios de uso público en el DF), para el cual se requiere urgentemente de equipos solares certificados.

En fin, es evidente que, a pesar de los grandes avances que se han tenido en México en normalización en general y en los temas de eficiencia energética en particular, hace falta que estos programas se refuercen significativamente para impactar al sector de la edificación y del calentamiento solar de agua, los cuales son áreas de gran importancia por sus posibilidades de mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero de manera socialmente rentable.

Ojalá y quienes tienen las responsabilidades de estos temas y/o la posibilidad de asumirlas lo hagan pronto ya que la propia dinámica de los mercados puede llevar a que se cometan muchos errores con costos muy altos para la sociedad y el planeta.

Algunas definiciones de acuerdo a la Ley Federal de Metrología y Normalización

Acreditación: el acto por el cual una entidad de acreditación reconoce la competencia técnica y confiabilidad de los organismos de certificación, de los laboratorios de prueba, de los laboratorios de calibración y de las unidades de verificación para la evaluación de la conformidad.

Calibración: el conjunto de operaciones que tiene por finalidad determinar los errores de un instrumento para medir y, de ser necesario, otras características metrológicas.

Certificación: procedimiento por el cual se asegura que un producto, proceso, sistema o servicio se ajusta a las normas o lineamientos o recomendaciones de organismos dedicados a la normalización nacionales o internacionales.

Evaluación de la conformidad: la determinación del grado de cumplimiento con las normas oficiales mexicanas o la conformidad con las normas mexicanas, las normas internacionales u otras especificaciones, prescripciones o características. Comprende, entre otros, los procedimientos de muestreo, prueba, calibración, certificación y verificación.

Método: la forma de realizar una operación del proceso, así como su verificación.

Norma mexicana: la que elabore un organismo nacional de normalización, o la Secretaría, en los términos de esta Ley, que prevé para un uso común y repetido reglas, especificaciones, atributos, métodos de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado.

Norma o lineamiento internacional: la norma, lineamiento o documento normativo que emite un organismo internacional de normalización u otro organismo internacional relacionado con la materia, reconocido por el gobierno mexicano en los términos del derecho internacional.

Norma oficial mexicana: la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.

Organismos de certificación: las personas morales que tengan por objeto realizar funciones de certificación.

Organismos nacionales de normalización: las personas morales que tengan por objeto elaborar normas mexicanas.

Personas acreditadas: los organismos de certificación, laboratorios de prueba, laboratorios de calibración y unidades de verificación reconocidos por una entidad de acreditación para la evaluación de la conformidad.

Proceso: el conjunto de actividades relativas a la producción, obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, ensamblado, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de productos y servicios.

Unidad de verificación: la persona física o moral que realiza actos de verificación.

Verificación: la constatación ocular o comprobación mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio, o examen de documentos que se realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado.


1Esto en la lógica de que no se sabe que vá primero.

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Transición Energética
 Actualizado el lunes, 30 de julio de 2007