Sin estas
normas se corre el riesgo de hacer inversiones que no son rentables
porque no cumplen las características de eficiencia y/o
rendimiento energético o que no llegan a tener la vida
útil suficiente para recuperar la inversión. Esto,
a su vez, lleva a que los órganos financieros que tengan
intenciones de financiar las medidas consideren el riesgo demasiado
alto y no apoyen las medidas y los programas. Igualmente, que
las familias y/o las empresas que hagan inversiones en este tipo
de equipos sin que estos cumplan con las expectativas creadas
por los fabricantes y/o distribuidores corran la voz y desprestigien
a alternativas que, genéricamente, son fundamentales para
reducir nuestra dependencia de los energéticos fósiles
y el impacto al medio ambiente.
El hecho es
que el problema no es tanto la carencia de las regulaciones (que
se pueden hasta copiar y/o traducir de otros contextos) sino la
carencia de los sistemas que los hacen posibles y funcionales.
En otras palabras, se puede tener un texto bien hecho y consensado
de una norma o regulación técnica que integre las
especificaciones requeridas de un producto o servicio y un método
de prueba claramente descrito y de acuerdo a prácticas
nacionales, pero si no se tiene un laboratorio que haga las pruebas,
ni un organismo de acreditación que se asegure de que el
laboratorio haga esas pruebas conforme a las prácticas
que le corresponden, ni se tiene un organismo que dé la
certificación a las pruebas del laboratorio, la norma no
es más que letra muerta.
En este sentido,
en México somos muy afortunados ya que existe una tradición
de normalización que tiene muchas décadas de establecida
y que, hace ya quince años, integró prácticas
modernas a través de la Ley Federal de Metrología
y Normalización. Así, hoy en día tenemos
el Centro Nacional de Metrología, que es el laboratorio
primario del Sistema Nacional de Calibración. Tenemos también
organismos de certificación, laboratorios, unidades de
verificación (UVies) y a la Entidad Mexicana de Acreditación
(ema), la cual acredita a todos los demás.
En lo que
respecta a ahorro de energía, el sistema que apoya a docena
y media de normas oficiales mexicanas aplicables a equipos funciona
de manera ejemplar (con resultados que han dado rentabilidad social
a la Conae), esto en buena medida porque por más de una
década ha existido una fuerte alianza entre la Conae y
el sistema de normalización que supervisa la Dirección
General de Normas de la Secretaría de Economía y
que integra, como hemos referido, a organismos de certificación,
a más de medio centenar de laboratorios, a cientos de UVies
y a la ema. En este sistema participan, además, un número
significativo de empresas muy importantes con operaciones internacionales
y que forman parte integral de esa gran red y alianza de organizaciones.
Sin embargo,
el sistema de normalización para la eficiencia energética
no opera adecuadamente en lo que se refiere a normas oficiales
mexicanas aplicables a sistemas. Este es el caso de las normas
aplicables a edificios (la de iluminación de interiores
y la de envolvente) las cuales dependen de la acción de
terceros para cumplirse.
Así,
el cumplimiento de la norma que se aplica a sistemas de iluminación
en interiores (que busca reducir el consumo de energía
en iluminación en edificios nuevos) depende de que las
empresas eléctricas exijan el certificado que emite una
UVie sobre una instalación (en este caso un edificio de
uso no residencial) que va a contratar el servicio eléctrico.
A su vez, la norma que se aplica a envolvente de edificios (que
busca las ganancias térmicas que llevan a un mayor uso
del aire acondicionado) depende de que las autoridades municipales
exijan el certificado que emite una UVie a la hora de dar el permiso
de construcción.
El resultado
ha sido que, mientras que la norma aplicable a envolventes prácticamente
no es exigida por autoridad municipal alguna en México
(en buena medida porque la Conae y el FIDE se han preocupado por
otras acciones igualmente loables pero no han apoyado a las autoridades
locales a ir más allá de enunciarla vagamente en
reglamentos de construcción), la norma que se aplica a
sistemas de iluminación no es (de acuerdo a versiones de
colegas que son UVies) exigida consistentemente por las empresas
eléctricas.
Esta situación
es más crítica cuando se entra al campo de las energías
renovables, donde las únicas normas aplicables se encuentran
frenadas por la falta de apoyo de las autoridades federales. Estas
normas (para colectores solares planos y de nomenclatura) no tuvieron
apoyo gubernamental alguno y fueron financiadas por la Asociación
Nacional de Energía Solar y por los propios fabricantes
e instaladores, aunque la instalación del laboratorio de
pruebas (que se encuentra en Guanajuato) se tuvo el apoyo de CONACYT
y del Gobierno del Estado de Guanajuato.
Esta falta
de apoyo es ahora más grave ya que existe una situación
tipo “el huevo y la gallina”1
donde el tamaño del mercado (que es pequeño pero
con gran potencial de crecimiento) hace que los costos de certificación
de los equipos sean demasiado altos para fabricantes y distribuidores,
mientras que el laboratorio y el organismo de certificación
tienen que cobrar alto porque tienen poca demanda. Igualmente,
porque organismos relacionados a la vivienda (como INFONAVIT y
CONAVI) ya requieren de equipos certificados para cumplir con
sus promesas de “hipotecas verdes” y de propuestas
de viviendas sustentables que incluyan el calentamiento solar
(lo que promete una “explosión” de
instalaciones solares). Finalmente, para el cumplimiento cabal
de la norma ambiental del Gobierno del Distrito Federal (que obliga
al uso de equipos de calentamiento solar en edificios de uso público
en el DF), para el cual se requiere urgentemente de equipos solares
certificados.
En fin, es
evidente que, a pesar de los grandes avances que se han tenido
en México en normalización en general y en los temas
de eficiencia energética en particular, hace falta que
estos programas se refuercen significativamente para impactar
al sector de la edificación y del calentamiento solar de
agua, los cuales son áreas de gran importancia por sus
posibilidades de mitigación de emisiones de gases de efecto
invernadero de manera socialmente rentable.
Ojalá
y quienes tienen las responsabilidades de estos temas y/o la posibilidad
de asumirlas lo hagan pronto ya que la propia dinámica
de los mercados puede llevar a que se cometan muchos errores con
costos muy altos para la sociedad y el planeta.
Algunas definiciones de acuerdo a la Ley Federal de Metrología
y Normalización
Acreditación:
el acto por el cual una entidad de acreditación reconoce
la competencia técnica y confiabilidad de los organismos
de certificación, de los laboratorios de prueba, de los
laboratorios de calibración y de las unidades de verificación
para la evaluación de la conformidad.
Calibración:
el conjunto de operaciones que tiene por finalidad determinar
los errores de un instrumento para medir y, de ser necesario,
otras características metrológicas.
Certificación:
procedimiento por el cual se asegura que un producto, proceso,
sistema o servicio se ajusta a las normas o lineamientos o recomendaciones
de organismos dedicados a la normalización nacionales o
internacionales.
Evaluación
de la conformidad: la determinación del grado
de cumplimiento con las normas oficiales mexicanas o la conformidad
con las normas mexicanas, las normas internacionales u otras especificaciones,
prescripciones o características. Comprende, entre otros,
los procedimientos de muestreo, prueba, calibración, certificación
y verificación.
Método:
la forma de realizar una operación del proceso, así
como su verificación.
Norma
mexicana: la que elabore un organismo nacional de
normalización, o la Secretaría, en los términos
de esta Ley, que prevé para un uso común y repetido
reglas, especificaciones, atributos, métodos de prueba,
directrices, características o prescripciones aplicables
a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad,
servicio o método de producción u operación,
así como aquellas relativas a terminología, simbología,
embalaje, marcado o etiquetado.
Norma
o lineamiento internacional: la norma, lineamiento
o documento normativo que emite un organismo internacional de
normalización u otro organismo internacional relacionado
con la materia, reconocido por el gobierno mexicano en los términos
del derecho internacional.
Norma
oficial mexicana: la regulación técnica
de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes,
conforme a las finalidades establecidas en el artículo
40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices,
características o prescripciones aplicables a un producto,
proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método
de producción u operación, así como aquellas
relativas a terminología, simbología, embalaje,
marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o
aplicación.
Organismos
de certificación: las personas morales que
tengan por objeto realizar funciones de certificación.
Organismos
nacionales de normalización: las personas
morales que tengan por objeto elaborar normas mexicanas.
Personas
acreditadas: los organismos de certificación,
laboratorios de prueba, laboratorios de calibración y unidades
de verificación reconocidos por una entidad de acreditación
para la evaluación de la conformidad.
Proceso:
el conjunto de actividades relativas a la producción, obtención,
elaboración, fabricación, preparación, conservación,
mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, ensamblado,
transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro
al público de productos y servicios.
Unidad
de verificación: la persona física
o moral que realiza actos de verificación.
Verificación:
la constatación ocular o comprobación mediante muestreo,
medición, pruebas de laboratorio, o examen de documentos
que se realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado.